COMUNIDADO PÚBLICO
Carta Ciudadano Nro. CIUDADANO-CIU-2023-50774 – 08 de noviembre de 2023
Asunto: Inquietudes sobre el RUV y posible exclusión de las mujeres trans
Señora Abogada
Paola Elizabeth Flores Jaramillo
Ministra de la Mujer y Derechos Humanos
MINISTERIO DE LA MUJER Y DERECHOS HUMANOS
En su Despacho. –
De mis consideraciones,
Por medio de la presente queremos aplaudir la activación del Registro Único de Violencia (RUV). El RUV es una herramienta que se encuentra en la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. El proceso de implementación empezó en 2018 y se ha trabajado, junto a la cooperación internacional, en este
mecanismo, según el propio portal de esta cartera de estado. A partir del 29 de noviembre de 2022 esta herramienta entró en funcionamiento en su primera fase y mediante Decreto Ejecutivo se traspasó la responsabilidad de la misma, desde el Ministerio del Interior a la Secretaría de la Mujer y de Derechos Humanos, la cual usted dirige actualmente.
En este marco, nos preocupa que en dichas reuniones, como la realizada el 01 de noviembre y en las que ha participado: Consejo de la Judicatura, Fiscalía General del Estado, Ministerio de Educación, Ministerio de Inclusión Económica y Social, Ministerio del Interior, Ministerio de Salud Pública, Policía Nacional del Ecuador, Sistema Integrado de Seguridad ECU 911 coordinada/dirigida por la Secretaría de la Mujer y de Derechos Humanos, según estos antecedentes, se esté intentando dejar afuera a las mujeres trans a partir de posibles posiciones cisgeneristas.
De no ser así, nos gustaría que se aclare el término: las personas de sexo «mujer» independientemente de su identidad de género. Esta presentación podría estar incluyendo a los hombres trans (transmasculinos binarios y no binaries), pero excluyendo a las mujeres trans (transfemeninas binarias y no binaries).
En este marco solicitamos enviarnos o en su defecto, hacer público el glosario de lo que esta cartera de estado identifica como sexo «mujer», puesto que tal como se lee en la diapositiva (fotos anexas a este documento) podrían estar violentado el Art. 11. Numeral 2. de la Constitución de la República el Ecuador, que reconoce la identidad de género de todas personas y no solo de las personas de sexo «mujer».
Consecuentemente, de ser esto cierto, estaría invalidando las Reformas a la Ley del Registro Civil en Materia de Identidad de Género, que logramos en el año 2016 a partir del reconocimiento del «género opcional», y colocando en tela de duda el mandato de la corte constitucional a partir del el último logro de las organizaciones trans en el país, según sentencia N.° 133-17-SEP-CC, auspiciada desde el 2018 por la Defensoría del Pueblo y lograda en el año 2022, que incluso el Registro Civil ya ha adoptado en su sistema.
Agradecemos su pronta y gentil respuesta.
Atentamente,
Guayaquil, miércoles 08 de noviembre de 2023
Contacto: info@FederacionLGBT.com, SiluetaX@gmail.com
+593 982001871
| Psic. Diane Rodríguez Directora Nacional de la Federación Centro Psico Trans Quito Asociación Silueta X | Sr. Zack Elías Director de la Asociación Silueta X Coordinador de la Plataforma Nacional Revolución Trans | Lcdo. Javier Vallejo Presidente Nacional de la Federación Asoc. Milagro GLBTI |
| Sr. Daan Acosta 1er vicepresidente Nacional Asoc. Transmasculinos – Nobol | Germán Castillo 2do vicepresidente de la Federación Presidente Asociación Es Mi Familia | Sr. Geovanni Jaramillo Vocero Nacional de la Federación Asoc. Bolivarianos Diversos |



